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Archivos: CAMBIO ENTIDAD MÉDICA EN MUFACE EN EL MES DE ENERO

Información Laboral - Otros Derechos

Abierto el plazo para cambiar de entidad

Desde el pasado 3 de enero se puede cambiar de entidad. El personal funcionario que quiera cambiar la entidad saniaria actual a la que está acogido puede optar por la Seguridad Social o bien por entidades privadas con las que MUFACE tiene concierto establecido.

Plazo de cambio de Entidad Médica del 1 al 31 de Enero de 2010. (Leer más) 



Los mutualistas y demás beneficiarios de MUFACE pueden elegir como opción para las prestaciones sanitarias, el sistema sanitario público mediante la Seguridad Social o bien las aseguradoras Asisa, Adeslas, DKV Seguros e Imq, que son las que han suscrito concierto con MUFACE para este año 2010. (Como saben ustedes, otras entidades como Mapfre, Caser y Nueva Equitativa decidieron no suscribir el concierto para el aseguramiento de los mutualistas de MUFACE.

SERVICIO CANARIO DE SALUD:

 

 

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ENTIDADES PRIVADAS EN CANARIAS:

ADESLAS   Las Palmas  -  SC de Tenerife

ASISA  Las Palmas  -  SC de Tenerife

DKV   Las Palmas  -  SC de Tenerife

ICAMQ-Santander

Conciertos de MUFACE con la Seguridad Social y con entidades privadas  

Información sobre prestaciones de MUFACE de interés para el personal funcionario. Para más información pinchar aquí 

Solicitud de recetas: Para más información pincha aquí 

INFORMACIÓN GENERAL SOBRE MUFACE

La Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) es un organismo autónomo de la Administración General del Estado de España, encuadrado en el Ministerio de Presidencia.   

Historia

Muface es el organismo público de la Administración del Estado español que gestiona las prestaciones sociales de los funcionarios en España: sanidad, jubilación, ayudas por hijos, etc. Es, por tanto, un Régimen Especial, y de carácter mutualista, y distinto del Régimen General de la Seguridad Social española, al que se adscriben la mayoría de los ciudadanos.    

Se sentaron las bases de su creación en la Ley 109/1963, de 20 de julio, de Funcionarios Civiles del Estado, y en el Decreto 315/1964, de 7 de febrero, y, especialmente, la Ley 29/1975, de 27 de junio, sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado y el Decreto 843/1976, de 18 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General del Mutualismo Administrativo.   

Con anterioridad a estas disposiciones el panorama mutualista de las funcionarios civiles españoles era variado e inseguro, existiendo un total de 65 mutualidades, que no cubrían las prestaciones de todos los funcionarios (pues llegaron a estar excluídos hasta 100.000 personas).  

Muface no es el único Régimen Especial que existe en la administración española.  

Funciones

Según el artículo 4 del Reglamento General del Mutualismo Administrativo (Real Decreto 375/2003, de 28 marzo), la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado es un organismo público, con personalidad jurídica pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios y autonomía de gestión, a quien corresponde de forma unitaria la gestión del mutualismo administrativo para los funcionarios incluidos en su campo de aplicación.  

Las prestaciones a que tienen derecho los mutualistas o sus beneficiarios, cuando se encuentren en los supuestos de hecho legalmente establecidos, y de acuerdo con Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de Junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado son las siguientes: 

         

  • Prestaciones recuperadoras por incapacidad permanente total, absoluta y gran invalidez.
  • Asistencia sanitaria.  
  • Subsidios por incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural.

  • Prestaciones para la remuneración de la persona encargada de la asistencia del gran inválido.  
  • Indemnizaciones por lesiones, mutilaciones o deformidades causadas por enfermedad profesional o en acto de servicio o como consecuencia de él.  
  • Servicios sociales.
  • Asistencia social.  
  • Prestaciones familiares por hijo a cargo minusválido.  
  • Ayudas económicas en los casos de parto múltiple. 

 






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